“Los ODS en México sin buenas perspectivas al final del sexenio”

Areli Sandoval Terán (Espacio DESCA)1 con la colaboración de Nathalie Seguin Tovar (FANMex)2
Suscribe: Espacio de articulación de sociedad civil para el seguimiento de la Agenda 2030 en México3

I. Comité DESC emite recomendación sobre la Agenda 2030 para México

Las Observaciones finales que aprobó el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de la Organización de las Naciones Unidas (en adelante, Comité DESC) tras haber examinado en marzo de 2018 los Informes Periódicos V y VI combinados del Estado mexicano sobre el cumplimiento del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC),4 incluyen una recomendación sobre la prioridad que debe darle el Estado mexicano a los derechos humanos y a la participación de la sociedad  al implementar la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible:

“El Comité recomienda al Estado parte que tenga plenamente en cuenta sus obligaciones dimanantes del Pacto y vele por el pleno disfrute de los derechos en él reconocidos en la aplicación de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible en el plano nacional, con asistencia y cooperación internacionales en caso necesario, y mediante su incorporación en el trabajo del Consejo Nacional de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible. La consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible se vería considerablemente facilitada si el Estado parte estableciera mecanismos independientes para supervisar los progresos y tratara a los beneficiarios de los programas públicos como titulares de derechos a los que pueden acogerse. La consecución de los Objetivos sobre la base de los principios de participación, responsabilidad y no discriminación permitiría que nadie se quedara atrás.”5

Antes de concluir la sesión sobre México, la presidenta del Comité DESC hizo un recordatorio y una solicitud específica a la delegación oficial mexicana que acudió a la Organización de las Naciones Unidas (ONU) en Ginebra para el examen: recordó que la Agenda y sus Objetivos no son un fin en sí mismos, sino herramientas para un objetivo final que es la realización de los derechos humanos. En función de ello, solicitó al gobierno integrar las Observaciones finales del Comité DESC al trabajo del Consejo Nacional de la Agenda 2030 para asegurar que las herramientas estarán alineadas, en vez de tener las obligaciones del Pacto por un lado y las políticas de los ODS por el otro.6 Si el Estado mexicano asumiera seriamente estas recomendaciones podría trazar una ruta de implementación eficaz para la Agenda 2030 en el plano nacional, pero las políticas actuales distan mucho de ello, como se desprende del siguiente análisis de obstáculos y desafíos para los ODS 6, 7, 11, 12, 15, objeto de revisión del FPAN en su edición 2018.

II. Obstáculos y desafíos para la implementación de los ODS y sus metas en México

Lo que afirmamos desde la primer Revisión Nacional Voluntaria de México en el Foro Político de Alto Nivel (FPAN) en julio de 2016 sigue siendo válido: poco se ha avanzado en la implementación sustantiva de la Agenda 2030 en nuestro país. Si bien el gobierno federal ha dado algunos pasos importantes como los reportados en el Informe Nacional Voluntario (INV) para el FPAN 2018, éstos se han quedado en el plano formal y su puesta en práctica ha sido lenta y deficiente, como se analiza más adelante.7 Pero lo más lamentable es que persisten los obstáculos estructurales para el logro de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) sobre los que alertamos desde el primer Informe Spotlight 20168, consecuencia, principalmente, de que el Estado mexicano continúa sin atender cabalmente sus obligaciones constitucionales y convencionales en materia de derechos humanos, y por ende, muchas de sus políticas y marcos normativos carecen de este fundamental enfoque, indispensable para la implementación integral de la Agenda 2030.

También es importante señalar que en el Reporte de los ODS 6, 7, 11, 12, 15 que hace el gobierno mexicano en su INV 20189 encontramos elementos de diagnóstico, acciones emblemáticas y desafíos en los que predominan datos triunfalistas, datos que no corresponden a lo que solicitan los ODS y omisiones en el reconocimiento de problemas y desafíos, lo que en definitiva no favorece la adopción de medidas apropiadas y efectivas para la consecución de los Objetivos y sus metas.

A la luz de lo que sucede en el país, resulta cuestionable que el gobierno afirme en su INV ante el FPAN 2018 que “aunque los desafíos son grandes, México ha asumido un Compromiso de Estado para alcanzar los ODS en el año 2030”10, ya que, como veremos a continuación, diversas decisiones que se han tomado durante el sexenio 2013-2018, especialmente en materia económica, minera, energética y ambiental, revelan más bien un compromiso de Estado con el capital trasnacional y las actividades extractivas, a las cuales favorece no sólo con incentivos fiscales y facilidades administrativas, sino con el debilitamiento del marco nacional de protección ambiental y la inobservancia deliberada de los estándares y obligaciones de derechos humanos, propiciando incluso su violación, cuando su obligación constitucional es respetarlos, protegerlos y realizarlos; además de  prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones.11

Tan solo la cifra de concesiones mineras puede dar una dimensión de la prioridad que tienen estas actividades en México: “A diciembre de 2017, un total de 24,709 concesiones mineras vigentes se encontraban en la superficie terrestre del país, abarcando 20.79 millones de hectáreas. Existen además 14 concesiones mineras en los mares territoriales de México, que abarcan 737.6 mil hectáreas de superficie marina… A pesar de su alto impacto ambiental, las concesiones mineras se otorgan sin tomar en cuenta la integridad ecosistémica de la región o la cobertura del suelo existente. De la totalidad de concesiones mineras vigentes a diciembre de 2017, el 85.2% se ubican sobre superficie del territorio con vegetación natural (bosques, selvas, matorrales y vegetación hidrófila)”.12 Por otra parte, “el territorio destinado o en vías de destinarse a la exploración y extracción de hidrocarburos es sumamente extenso y diverso, abarca 11 ecorregiones marinas y 48 ecorregiones terrestres, distribuidas en diez entidades y el Golfo de México…poco más de 6 millones de personas habitan estas áreas y, desde luego ahí tienen sus medios de sustento y los ecosistemas que les proveen de servicios ambientales. Sin embargo, de acuerdo con la Ley de Hidrocarburos, la exploración y extracción de los combustibles fósiles tienen preferencia sobre cualquier otra actividad o uso del territorio.”13

ODS 6: Garantizar la disponibilidad de agua y su gestión sostenible y el saneamiento para todos

El gobierno mexicano afirma en su INV que México es un país con una alta cobertura del servicio de agua potable (94.4%14) así como de alcantarillado y saneamiento de aguas residuales (92.8% de viviendas con drenaje15), pero la realidad, constatada por el propio Relator Especial de Naciones Unidas sobre los derechos al agua potable y al saneamiento en su misión a México realizada en mayo de 2017, es que los positivos indicadores de cobertura nacional de agua y saneamiento  solo indican la existencia de alguna forma de infraestructura y no acceso a una cantidad de agua suficiente, continua, de buena calidad y asequible para uso personal y doméstico, así como a instalaciones de saneamiento aceptables, dignas y seguras.16 El Programa de Monitoreo Conjunto (PMC) de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y el Fondo de Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) ha reportado que de tomar en consideración las 3 variables para medir el indicador 6.1 y poder decir que se tiene acceso al agua potable, la cobertura nacional de agua en México sería realmente de  43%.17.

El gobierno reporta que la infraestructura hídrica actual permite limpiar 63% de las aguas residuales y que 32.8% de las aguas residuales del sector industrial recibe tratamiento, pero omite decir que este porcentaje es relativo únicamente al volúmen de aguas colectadas y no al volumen de aguas residuales totales, y que el insuficiente, inoperable y deficiente tratamiento de aguas residuales, tanto municipales como industriales, contamina gravemente ríos y otros cuerpos de agua del país. Esto afecta además el acceso seguro al agua y compromete la salud de la población, ya que si bien el drenaje permite recolectar el agua en la instalación sanitaria para desalojarla, ésta puede ser vertida en la red pública, o a fosa séptica o con desagüe a suelo, barranca, grieta, río, lago o mar.18 Por citar sólo algunos ejemplos: tenemos los casos de  grave contaminación del río Santiago en el estado de Jalisco o del río Atoyac en el estado de Tlaxcala por las descargas municipales e industriales sin tratamiento adecuado, ambos considerados de los ríos más tóxicos del país. También tenemos el caso de contaminación del Río Blanco en Tierra Blanca y otros ríos en la Cuenca del Papaloapan, estado de Veracruz, donde la incidencia de insuficiencia renal crónica de la población ha aumentado y presenta  una tasa de fallecimiento 10 veces mayor que la media nacional.19  Los tres casos han sido documentados y denunciados desde hace años antes distintas autoridades e incluso han ameritado recomendaciones de las comisiones estatales y/o nacional de derecho humanos, sin que la situación se remedie.

Entre las Acciones emblemáticas que reporta el INV 2018 destaca la Red Nacional de Monitoreo de la Calidad del Agua y el Programa de Desarrollo Integral de Organismos Operadores de Agua y Saneamiento, pero omite mencionar las limitaciones de los indicadores de calidad del agua que utilizan las autoridades y la falta de actualización de Normas Oficiales Mexicanas en la materia. En el mismo sentido de las omisiones y falta de compromiso político en actualizar normas, preocupa la reducción del 36.5% en términos reales del presupuesto aprobado en 2017 para las sub-funciones de gasto: Abastecimiento de Agua, Administración del Agua, y Ordenación de Aguas Residuales, Drenaje y Alcantarillado; así como el recorte presupuestal de 65.7% al Programa de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento (PROAGUA), que impacta en las entidades federativas para operar e invertir en la ampliación de infraestructura de agua potable y saneamiento, el reequipamiento de pozos, la sustitución de redes y la construcción o rehabilitación de plantas potabilizadoras.20 Estos recortes representan el incumplimiento del Estado de los principios de progresividad y  no regresividad, así como de su obligación de adoptar medidas hasta el máximo de los recursos de que disponga, como lo establece el  PIDESC.

A pesar de que el INV reconoce entre los Desafíos que la sobreexplotación de los acuíferos y cuencas es crítica, el Estado perpetúa un modelo de gestión hídrica obsoleto sin criterios de sustentabilidad ni equidad, en el que la actuación de la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA) dependiente de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) es reproblable, ya que otorga miles de concesiones de agua incluso en cuencas hidrológicas y acuíferos con déficit permitiendo la sobreexplotación de acuíferos, muchas veces para el desarrollo de agroindustrias, parques industriales y actividades mineras que terminan acaparando y contaminando el agua. La CONAGUA tampoco logra monitorear de manera suficiente a las industrias ni garantiza que cumplan las normas relativas a la calidad de aguas residuales que se vierten en cuerpos de agua.21

Es importante subrayar que la minería “es una de las industrias más intensivas en el consumo de agua, afectando tanto la disponibilidad como la calidad de la misma. El impacto de la minería sobre el agua debe considerarse en tres dimensiones: alto consumo, contaminación y destrucción de las fuentes de agua.”22 Por si fuera poco, las fuentes de agua se ven aún más amenazadas en la actualidad con el impulso a proyectos energéticos de exploración y explotación de hidrocarburos no convencionales23 que requieren de fracturación hidráulica para su extracción, como se analiza más adelante con relación al ODS 7 sobre energía.

Otro ejemplo de sobreexplotación de acuíferos es el de la Cuenca de la Independencia al norte del estado de Guanajuato, donde durante tres décadas las agroindustrias y los parques industriales han hecho un uso intensivo del agua, agotando y contaminando la cuenca, y generando una disminución en el acceso al agua de calidad para consumo humano, mientras que el volumen de agua que se extrae por medio de pozos sigue aumentando.24

En este contexto de sobreexplotación y contaminación de acuíferos,  concesiones de agua para actividades extractivas y reforma energética, generaron gran preocupación los 10 decretos presidenciales promulgados el pasado 5 de junio mediante los cuales se suprimieron importantes zonas de veda total y parcial y se convirtieron en zonas de reserva donde se permite, aunque de manera limitada, la explotación, uso o aprovechamiento del agua, incluso por parte de privados, si las autoridades lo consideran "de utilidad pública".25

En cuanto a no dejar a nadie atrás se sabe que las comunidades indígenas y afrodescendientes, así como las comunidades periurbanas sufren del mayor rezago en acceso al agua y al saneamiento en la mayoría del país. Sin embargo, no se tienen datos suficientemente desagregados -incluyendo sexo y origen étnico- para poder conocer a detalle la realidad y abordar la situación de las comunidades más discriminadas y en mayores condiciones de vulnerabilidad, las cuales representan la prioridad a atender en esta agenda de desarrollo.

No será posible cumplir con el ODS 6 si prevalece un modelo de gestión hídrica excluyente e insostenible que favorece la realización de mega infraestructura y la actividad empresarial e industrial sobre las necesidades de agua para uso personal y doméstico, que fomenta la sobreexplotación otorgando miles de concesiones a industrias extractivas, y que permite la contaminación del agua mientras se pague, y no atiende la problemática de falta de regulación y fiscalización del tratamiento de aguas residuales. En conclusión, del análisis de políticas, normatividad, presupuesto y casos de violaciones a los derechos humanos al agua potable y al saneamiento concluimos que el Estado mexicano no se está esforzando lo suficiente para cumplir las metas del ODS 6, particularmente la meta 6.1 de acceso universal y equitativo al agua potable a un precio asequible para todos; la meta 6.2 de acceso a servicios de saneamiento e higiene adecuados y equitativos para todos; la 6.b de apoyar y fortalecer la participación de las comunidades locales en la mejora de la gestión del agua y el saneamiento; la 6.6 de proteger y restablecer los ecosistemas relacionados con el agua, y la 6.3 de mejorar la calidad del agua reduciendo la contaminación, como se explica a continuación.

ODS 7: Garantizar el acceso a una energía asequible, fiable, sostenible y moderna para todos

El INV 2018 reconoce que México enfrenta una amplia dependencia hacia combustibles fósiles, que representan 79.7% de la generación de energía; a la vez menciona que existen varias iniciativas para incrementar la producción de energía sustentable y prevé que el presupuesto para este sector se duplique en los próximos cinco años.  Pero la matriz energética nacional no va ni siquiera a comenzar su transformación en el plazo concebido en la Agenda 2030, dado que más allá del discurso de la transición energética26, lo cierto es que la prioridad gubernamental está en la implementación de proyectos de explotación de hidrocarburos convencionales y  no convencionales en el marco de la reforma constitucional en materia energética que aprobó el Congreso a iniciativa del Ejecutivo en diciembre de 2013 -de forma expedita, sin consulta ni consentimiento de los pueblos- y de sus leyes secundarias como la Ley de Hidrocarburos -también expedida sin mediar consulta ni consentimiento, en 2014. Mantener el enfoque en los combustibles fósiles, responsables de una parte importante de emisiones de gases de efecto invernadero que agravan el calentamiento global e inciden en el cambio climático, no es el camino hacia el desarrollo sostenible.

Adicionalmente, es necesario señalar que la reforma energética impulsada por el gobierno mexicano estableció disposiciones lesivas, obstructivas y regresivas en términos de derechos humanos, entre ellas: el carácter preferente de las actividades de exploración y explotación de hidrocarburos (y de la industria eléctrica) sobre cualquier otra actividad que implique el aprovechamiento de la superficie o del subsuelo; la invariable determinación administrativa o judicial de servidumbres legales para el uso y ocupación superficial siempre que las empresas asignatarias o contratistas y los titulares de los terrenos no lleguen a acuerdos; la imposición de obligaciones a la federación, los estados y municipios para agilizar y garantizar el otorgamiento de permisos y autorizaciones relativos a proyectos energéticos; la información reservada y otras dificultades para el acceso a la información; el régimen especial y de excepción en materia de regulación ambiental para la actividad petrolera y gasífera que debilita la política ambiental; los obstáculos para el acceso a la justicia de las personas y poblaciones afectadas por los proyectos energéticos, y las medidas que criminalizan la oposición y la protesta frente a estos proyectos.27

En el contexto de esta reforma, los procedimientos previstos de consulta indígena, evaluación de impacto ambiental y evaluación de impacto social resultan una simulación de salvaguarda de derechos humanos. Aunado a ello, el gobierno federal expidió en 2017 disposiciones administrativas en la forma de un par de lineamientos28 que supuestamente permitirán a las empresas “desarrollar con responsabilidad” las actividades de exploración y extracción de hidrocarburos en yacimientos no convencionales que emplean la insustentable y peligrosa técnica de fractura hidráulica (fracking), cuando está demostrado internacionalmente que ninguna regulación es suficiente para evitar las afectaciones que conlleva esta técnica ya que “con los materiales y la tecnología que están disponibles en este momento, no pueden evitarse los problemas de ingeniería inherentes a este método, que incluyen sismos antropogénicos, fugas de metano y deterioro del revestimiento y la cementación de pozos”29con el alto riesgo de contaminar el subsuelo y sus acuíferos, además de que esta técnica hace un uso intensivo de agua para producir el líquido de fracturación, y posteriormente se enfrenta la imposibilidad de lograr un manejo adecuado del agua residual (líquido de retorno). Asimismo, “la literatura médica y de salud pública avalada por expertos y expertas no ha encontrado pruebas de que la fractura hidráulica pueda llevarse a cabo de forma que no ponga en peligro la salud humana”.30

En realidad, el propósito de todas las disposiciones de la reforma energética es facilitar las inversiones en México de las empresas del sector, sin importar los graves daños ambientales y sociales que generen, muchos de ellos irreversibles e irreparables. Por supuesto, esto no es consistente con el ODS 6 y su meta 6.3 de mejorar la calidad del agua reduciendo la contaminación, eliminando el vertimiento y minimizando la emisión de productos químicos y materiales peligrosos ni con el ODS3 y su meta 3.9 de reducir considerablemente el número de muertes y enfermedades causadas por productos químicos peligrosos y por la polución y contaminación del agua, el aire y el suelo. Cabe decir que tampoco queda claro a qué “tecnologías avanzadas y menos contaminantes de combustibles fósiles” se refiere la meta 7.a del ODS 7, pero en definitiva la fractura hidráulica no podría considerarse una de ellas; no obstante,  es la que el gobierno mexicano impulsa irresponsablemente en el marco de la de la reforma energética y la actual Ronda 3.3 para la adjudicación de contratos de licencia para la exploración y extracción de hidrocarburos en áreas contractuales terrestres convencionales y no convencionales.31

Finalmente, si bien INV 2018 aborda el tema de la eficiencia energética, este carece de un mayor diagnóstico y mecanismos reales que obliguen, por ejemplo, a implementar medidas de eficiencia energética en la edificación. También es urgente se produzcan nuevas estadísticas desagregadas y herramientas para el monitoreo y análisis de la eficiencia energética en México.

ODS 11: Lograr que las ciudades y los asentamientos humanos sean inclusivos, seguros, resilientes y sostenibles

Como señala el INV 2018, cerca de tres cuartos de la población en México vive en asentamientos urbanos, “la mayoría de los cuales enfrentan diversos obstáculos para implementar planes de desarrollo urbano inclusivos, seguros, resilientes y sostenibles... Muchos asentamientos humanos son, además, altamente vulnerables a desastres naturales.”32 Aunque reconoce problemas de carencia por acceso a servicios básicos en la vivienda y abandono de las mismas en centros urbanos debido a la necesidad de mayores servicios, omite señalar las causas:  “la política de vivienda implementada entre 2006 y 2012 se enfocó en la construcción de unidades habitacionales por parte del sector privado dirigidas a una parte de la clase trabajadora, lejanas de los centros urbanos y carentes de servicios. En 2010 se contabilizaron 4.99 millones de viviendas abandonadas, aun cuando no todas nuevas, lo que da cuenta del fracaso de esta política. Si bien el actual gobierno se ha enfocado más bien en compactar las ciudades, lo ha estado haciendo sin ofrecer suelo barato y servido a los sectores de más bajos ingresos, además de seguir impulsando la construcción de vivienda nueva, accesible sólo a quiénes perciben más de 5 salarios mínimos, o sea el 23.8% de la población ocupada…Por otro lado, el mejoramiento barrial y la producción social de vivienda (PSV) –reconocida en la Ley de Vivienda- que pueden satisfacer las necesidades de quiénes no pueden acceder a la ofrecida en el mercado, han sufrido recortes presupuestarios.”33 Es evidente que si no se modifican las políticas públicas, no se avanzará hacia la meta  11.1 de acceso de todas las personas a viviendas y servicios básicos adecuados, seguros y asequibles y mejorar los barrios marginales.

Otra ausencia detectada en el INV 2018 es el reconocimiento de los retos y necesidades diferenciadas que tienen ciudades medianas y pequeñas, concentrándose mayormente en las megalópolis y grandes ciudades. Así también, olvida las zonas periurbanas y la relación entre las zonas rurales y urbanas del país, en la presión que estas últimas imponen en las primeras. El INV 2018 no aborda problemáticas como la especulación del valor del suelo y la gentrificación; los desafíos en materia de accesibilidad para personas con discapacidad; la ineficiente gestión de residuos sólidos y la poca inversión pública en espacios e infraestructura pública para el divertimento (parques, centros culturales y artísticos), para actividades comerciales locales (mercados públicos y ambulantes), de conservación (bosques y ríos urbanos), de salud (centros de salud y hospitales públicos), educativos (bibliotecas públicas) y de cuidado (estancias infantiles, centros de cuidado para infancias y adultos mayores), entre otros.

Por otra parte, para avanzar hacia el cumplimiento de la meta 11.5 referida a reducir significativamente el número de muertes causadas por los desastres, se requieren medidas concurrentes que van desde la prevención hasta la reconstrucción, las cuáles requieren transversalizar el enfoque de derechos humanos, incluyendo el derecho a la vivienda adecuada. Los sismos ocurridos en México los días 7 y 19 de septiembre de 2017 (que afectaron mayormente a la población de Chiapas, Oaxaca, Morelos, Puebla, Ciudad de México y Guerrero)34 revelaron que los impactos no solo fueron consecuencia de los fenómenos naturales sino de omisiones y acciones del Estado, entre ellas, permitir que inmuebles con daños estructurales por sismos anteriores siguieran funcionando como centros de manufactura, comercio y/o vivienda, así como la falta de supervisión de escuelas y otros  inmuebles cuyas condiciones de diseño y seguridad de la construcción no eran las óptimas, pero por diversas irregularidades se les permitía operar. Como lo han señalado diversos colectivos ciudadanos que se organizaron en el contexto de los sismos, es obligado señalar las fallas en las medidas precautorias para resolverlas y no volver a poner en peligro la vida de millones de personas.

Cabe destacar que la Auditoría Superior de la Federación en 15 auditorías revisadas de 2003 a 2015 documentó que los distintos Fondos estatales de atención a desastres naturales que se utilizan para la reconstrucción (FONDEN), presentaron una problemática variada. Los principales problemas detectados fueron: proveedores sin capacidad de entrega, contratos liquidados y no entregados, retraso en entrega de obras de infraestructura y casas, contratación a sobreprecio y reducciones en las metas de reconstrucción. Ante estos problemas, organizaciones como México Evalúa señalan que se debería fortalecer el mecanismo de toma de decisiones para la reconstrucción y su rendición de cuentas para evitar uso discrecional e ineficiente de recursos públicos y donaciones en la atención de población damnificada.

De acuerdo con el Marco de Acción de Sendai para la Reducción del Riesgo de Desastres, en la fase de reconstrucción después de los desastres, es esencial prevenir nuevos desastres y reducir el riesgo de desastres mediante el principio de “reconstruir mejor”, uno de los aspectos a considerar es garantizar que la vivienda tenga condiciones de habitabilidad que ofrezca a sus ocupantes protección ante las inclemencias del clima y riesgos estructurales, garantizando la seguridad física. Se ha podido constatar en comunidades de Chiapas y Oaxaca que la población está construyendo con deficiente o nula asesoría técnica, el gobierno no está supervisando la aplicación de la normatividad en construcción, tampoco se encontró evidencia de que se estén considerando los Atlas de Riesgo Municipales, en caso de existir.

Por último, cabe mencionar que a unos días del sismo del 19 de septiembre de 2017, se emitió la primera Declaratoria Presidencial de las Zonas Económicas Especiales (ZEE) donde se anunciaron como proyectos clave para la reconstrucción del país al ser “detonadores para acelerar la reactivación económica e impulsar el crecimiento regional.”35 Es importante dar un seguimiento cercano para que la tragedia de los sismos y la necesidad de reconstrucción no se utilice para impulsar planes y proyectos de las ZEE que obedecen a intereses empresariales sobre recursos naturales y territorios estratégicos y que forman parte de las reformas que se han dado en un marco de opacidad, conflicto de intereses, captura del Estado y violaciones a derechos humanos.

ODS 12: Garantizar modalidades de consumo y producción sostenibles

Dos de los desafíos que identifica el INV de México llaman nuestra atención, pues si bien señalan puntos clave como la racionalización de los subsidios a los combustibles y el reto de eliminar, reformar o transformar los incentivos que resultan en el deterioro de los recursos naturales y la biodiversidad; o bien que la legislación ambiental de las sustancias químicas es escasa, y no establece pautas normativas para la prevención y mitigación de riesgos ambientales de los plaguicidas, fertilizantes y sustancias tóxicas,36 hay una gran incongruencia entre el reconocimiento de estos problemas y la práctica caracterizada por políticas, proyectos y normatividad que en vez de resolverlos, los exacerba.

Por citar solo un ejemplo, en la Península de Yucatán, prácticas milenarias de producción de alimentos como la milpa y métodos como el roza-tumba-quema, utilizados principalmente por las comunidades mayas, están siendo amenazadas por la extensión del modelo agroindustrial hacia esa región debido a las políticas gubernamentales que entregan paquetes tecnológicos que fomentan el monocultivo y el uso de agrotóxicos, así como la siembra de soya transgénica -resistente al glifosato, plaguicida sumamente dañino para la salud- que ha provocado la deforestación de selvas y bosques, la disminución de la población de abejas y otras especies animales y vegetales. Los datos más recientes revelan que tan solo en el estado de Campeche se han perdido 399,061 hectáreas de selva, lo que representa una tasa de -5.09%. Esto impacta de manera directa en las actividades económicas de apicultura y meliponicultura de la región, las cuales son sumamente importantes para las familias mayas porque son actividades tradicionales que forman parte de su cultura y que reportan ingresos para las familias37; estas prácticas son además sustentables y deberían de ser fortalecidas y no amenazadas.

Es claro que el actual modelo de desarrollo extractivista intensificado con la reforma energética que atrae inversiones y proyectos sin importar su impacto ambiental y social nos aleja a pasos agigantados de la meta 12.4 que busca la gestión ecológicamente racional de los productos químicos y de todos los desechos a lo largo de su ciclo de vida, y reducir significativamente su liberación a la atmósfera, el agua y el suelo a fin de minimizar sus efectos adversos en la salud humana y el medio ambiente; así como de la meta 12.6 relativa a alentar a las empresas, en especial las grandes empresas y las empresas transnacionales, a que adopten prácticas sostenibles.

Las organizaciones de la sociedad civil alertamos al Comité DESC de la ONU sobre la existencia de al menos 420 conflictos socioambientales en México y de diversos problemas para el disfrute del derecho al medio ambiente sano, en estrecha relación con los derechos a la salud, al agua y al saneamiento, a la alimentación y a la libre determinación; en muchos de estos conflictos hay empresas involucradas, tanto públicas como privadas, nacionales y trasnacionales. Es indispensable que el Estado mexicano deje de priorizar la perspectiva económica por encima del impacto ambiental y social de los megaproyectos.38

Organizaciones civiles, comunitarias y redes hemos podido constatar y documentar diversos casos de violaciones a derechos humanos que involucran a empresas, en los que la acción y omisión del Estado mexicano resulta sumamente preocupante. El informe preparado para el Grupo de Trabajo sobre Empresas y Derechos Humanos de las Naciones Unidas con motivo de su Misión a México en 2016, muestra patrones de violación y abuso a los derechos humanos por parte del Estado y las empresas de los sectores energético, extractivo, infraestructura, turístico, inmobiliario, agroindustrial y maquilador, incluyendo problemas de: captura del Estado; proliferación de megaproyectos; falta de acceso a la justicia y remediación; reducción de espacios de participación; e intimidación y ataques contra personas defensoras. A pesar de la reforma constitucional en materia de derechos humanos (2011) y los diversos compromisos adoptados por el Estado mexicano en materia de empresas y derechos humanos, persiste un estado de impunidad respecto a violaciones a los derechos humanos que cometen empresas públicas y privadas, un ambiente de corrupción que las permite, y que obstaculiza el acceso a mecanismos judiciales efectivos de reparación y a garantías de no repetición.39

ODS 15: Proteger, restablecer y promover el uso sostenible de los ecosistemas terrestres, gestionar sosteniblemente los bosques, luchar contra la desertificación, detener e invertir la degradación de las tierras y detener la pérdida de biodiversidad

El INV 2018 reconoce que a pesar de que México es un país megadiverso, el porcentaje del territorio nacional bajo un sistema de protección de áreas naturales es relativamente bajo: “El sistema de Áreas Naturales Protegidas protege 10.8% del territorio terrestre del país (CONANP, 2017).” Asimismo, el INV ubica entre los desafíos: la ausencia de recursos financieros, así como de legislación nacional adecuada y armonizada para la protección de ecosistemas y biodiversidad; y el desafío de asegurar la transversalidad de criterios de sostenibilidad ambiental en las políticas públicas de los tres órdenes de gobierno, que también fortalezcan la transparencia sobre las prácticas de empresas productivas y extractivas.40

Lo que deliberadamente omite el INV es la responsabilidad gubernamental en permitir actividades no sostenibles como la minería en Áreas Naturales Protegidas (ANP): la presencia de las actividades mineras en el país no ha tenido consideraciones por la integridad ecosistémica o las coberturas forestales existentes, ni por las ANP y los sitios Ramsar (humedales de importancia internacional), ya que concesiones y proyectos mineros se otorgan y operan pasando por alto la legislación ambiental vigente. No obstante la prohibición expresa en la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente de llevar a cabo cualquier tipo de aprovechamiento al interior de las zonas núcleo de las ANP, la Secretaría de Economía ha otorgado casi 60 mil hectáreas de concesiones mineras al interior de estas zonas en las ANP federales. El panorama para el resto de las ANP, así como para los sitios Ramsar no es más alentador: 73 de los principales proyectos mineros según el Servicio Geológico Mexicano se sitúan precisamente al interior de estas áreas y sitios Ramsar, y en ambos se ha concesionado a la minería un total de 2.22 millones de hectáreas, que equivalen al 7.2% de la superficie terrestre a nivel nacional. En el registro de sitios altamente contaminados del país a cargo de la SEMARNAT se cuenta un total de 632 sitios, de los cuales 84 corresponden a actividades mineras. De éstos, 11 sitios se encuentran en áreas naturales protegidas.41

Para el logro de la meta 15.1 relativa a asegurar la conservación, el restablecimiento y el uso sostenible de los ecosistemas terrestres y los ecosistemas interiores de agua dulce y sus servicios, en particular los bosques, los humedales, las montañas y las zonas áridas; la meta 15.5 sobre adoptar medidas urgentes y significativas para reducir la degradación de los hábitats naturales, detener la pérdida de biodiversidad y, de aquí a 2020, proteger las especies amenazadas y evitar su extinción; así como la meta 15.a de movilizar y aumentar significativamente los recursos financieros procedentes de todas las fuentes para conservar y utilizar de forma sostenible la biodiversidad y los ecosistemas, nuestro país requiere más que la efectiva protección de las Áreas Naturales Protegidas. Es también vital proteger el patrimonio biocultural frente al cultivo de organismos genéticamente modificados. En este orden de ideas y desde la perspectiva del derecho a una alimentación adecuada y del derecho al medio ambiente sano preocupa la creciente alianza entre el gobierno y empresas multinacionales a costa de los pequeños productores, de la salud, el agua, la alimentación y el medio ambiente, lo cual es evidente en la política agraria del país que promueve principalmente la agricultura industrial en la que se promueve el uso de agroquímicos (fertilizantes y plaguicidas altamente peligrosos) y organismos genéticamente modificados (OGM), los cuales impactan negativamente en el medio ambiente, las economías locales, el derecho a la salud y a la alimentación adecuada. 42

Se debe subrayar que los permisos otorgados por el gobierno mexicano a las agroindustrias para el cultivo de OGM atentan contra la indispensable protección de los centros de origen y diversificación nativa de semillas, además de que tales permisos se han otorgado sin consulta previa, libre, informada, culturalmente adecuada y de buena fe a las comunidades indígenas, campesinas y equiparables, que en general no están participando en la toma de decisiones de la política agraria como correspondería si el Estado mexicano actuara desde una óptica de integralidad de derechos humanos y cumpliera cabalmente sus obligaciones en la materia43

El proceso de planeación, seguimiento e implementación de la Agenda 2030 en el plano nacional: una mirada desde sociedad civil.44

Desde la adopción de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, el gobierno de México se ha centrado en la creación de un entramado burocrático y jurídico para impulsar la implementación de la Agenda a nivel nacional y subnacional. Particularmente, se ha centrado en la creación de diversas estructuras para la coordinación y seguimiento de la Agenda 2030, así como en la elaboración de una Estrategia Nacional para su implementación.45 Entre las estructuras, el INV 2018 destaca el Consejo Nacional de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, instalado por el presidente de la República el 26 de abril de 2017. Lo que no aclara, es que transcurrió más de un año -y dos años y medio desde la adopción de la Agenda 2030- para que dicho Consejo sesionara por primera vez. Tampoco menciona que dicha estructura no integró formalmente a la sociedad civil, pese a que el Espacio de articulación de sociedad civil para el seguimiento de la Agenda 2030 en México -actor clave en la interlocución con el gobierno mexicano desde la etapa de negociaciones rumbo a la adopción de la Agenda- ha venido impulsando un mecanismo de participación institucionalizada desde finales de 2015. La respuesta oficial a las propuestas y demandas de la sociedad civil organizada no ha sido satisfactoria, comenzando con la estructura del Consejo Nacional de la Agenda 2030 que es exclusivamente intersecretarial y no contempla en su decreto de creación la participación sustantiva, con voz y voto, de la sociedad civil.46 En vista de ello, el Espacio de articulación solicitó y logró incidir en que en la primera sesión de esta instancia se acordara modificar el decreto de creación para incorporar a la sociedad civil al menos con un representante con voz y voto dentro de su estructura.

Por otro lado, el INV 2018 señala que se tiene prevista la creación de comités de trabajo permanentes encargados de profundizar en los 17 ODS a partir de áreas temáticas, y que estos comités se conformarán siguiendo el enfoque participativo y multiactor de la Agenda 2030.47 Además, el gobierno de México se comprometió a incorporar las tres dimensiones del desarrollo sostenible (social, ambiental y económica) y principios de equidad, inclusión y no discriminación en la planeación presupuestal nacional, a través de la reforma a la Ley de Planeación; y estableció que el Plan Nacional de Desarrollo debía integrar consideraciones y proyecciones a veinte años. Sin embargo, todas estas estructuras, y el entramado normativo, incluyendo la eventual modificación del decreto del Consejo nacional mencionado, están solamente sobre papel y falta que demuestren su operatividad.

En el plano subnacional, se tiene conocimiento de que se han conformado 30 Consejos Estatales con la intención de empezar a impulsar la implementación de la Agenda 2030 en las diversas entidades federativas de la República mexicana, pero solamente en el Consejo de la Ciudad de México se ha incorporado a sociedad civil, en respuesta a la solicitud y argumentación de organizaciones sobre la importancia de la participación en ese espacio. Asimismo, se han hecho varias solicitudes a la Oficina de la Presidencia de la República para que inste a los gobiernos estatales a incorporar a la sociedad civil en sus consejos sobre la Agenda 2030, lo que todavía no se ha materializado.

En cuanto a la elaboración de la “Estrategia Nacional para la puesta en marcha de la Agenda 2030” reportada en el INV 201848, también demoró dos años medio. Y nuevamente, a pesar del ofrecimiento reiterado por el Espacio de articulación de sociedad civil para el seguimiento de la Agenda 2030 de colaborar con una metodología efectiva de participación para la elaboración de dicha Estrategia, la participación de la sociedad civil se limitó a cinco diálogos regionales en los que se explicó someramente la Agenda y se recabaron ideas y preocupaciones generales; pero como reveló un estudio independiente,49  la mayoría de las y los participantes en tales diálogos no contaban con información previa sobre la Agenda 2030 y sus ODS, ni tampoco  trabajo y experiencia en la materia; por tanto, no es posible afirmar que la elaboración de la Estrategia Nacional haya contado con participación efectiva y sustantiva de la sociedad civil mexicana.

Cabe mencionar que entre los primeros pasos que dio el gobierno mexicano tras haber adoptado la Agenda 2030 en 2015 estuvo la conformación del Comité Técnico Especializado de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (CTEODS) como órgano encargado de coordinar las tareas de generación, seguimiento y actualización de los datos e indicadores para monitorear el avance en el cumplimiento de la Agenda 2030 a nivel nacional. Asimismo, el año pasado se anunció la primera fase de la Plataforma Nacional de Seguimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (http://agenda2030.mx/) Sin embargo, ni el CTEODS cuenta con participación de la sociedad civil, ni la plataforma ofrece información completa sobre los indicadores relevantes para el seguimiento a los ODS, por lo que en la sociedad civil persiste la preocupación de que esta plataforma llegue a ser completa, actualizada y confiable. A pesar de que se ha solicitado reiteradamente, ha hecho falta discusión y revisión participativa del sistema de medición y sus indicadores, y hay datos que no cuentan con la desagregación y actualización necesarias.

Por otro lado, con el fin de ampliar la información sobre la oportunidad y pertinencia de la inversión pública en materia de desarrollo, el gobierno reporta en su INV 2018 que realizó un análisis sobre la contribución de los Programas Presupuestarios (PP) a las metas de los ODS, identificando que 83.2% de los PP atienden temas vinculados al cumplimiento de los ODS.50 Sin embargo, este tipo de ejercicios generan falsos escenarios pues, aunque estos programas puedan estar vinculados temáticamente a algún ODS, no quiere decir que hayan sido diseñados bajo la lógica de la Agenda 2030 ni que respondan a los criterios solicitados por los indicadores de los ODS. Con el fin de ilustrar esto, basta señalar que el gobierno menciona que el 100% de las metas del ODS 6 están vinculados a sus PP, cuando en realidad las metas de este Objetivo solicitan criterios muy precisos que los programas presupuestarios de la CONAGUA no están cubriendo, como es el agua de calidad para beber, la disponibilidad cuando se necesite, la accesibilidad en cuanto a la infraestructura instalada; ninguna de estas variables se garantiza ni se mide a través de estos PP. Por tanto, será indispensable que después de esta primera etapa de alineación del presupuesto con los ODS, se elabore  un diagnóstico y se realice una valoración de la efectividad o impacto del gasto público de los Programas Presupuestarios en el  cumplimiento de las metas e indicadores específicos de cada ODS y, finalmente, que se determine la necesaria reorientación del gasto público para garantizar que los programas contribuyan al cumplimiento efectivo de la Agenda 2030, sin olvidar lo señalado por el Comité DESC de la ONU al Estado mexicano en relación a que el objetivo final que es la realización de los derechos humanos.

Conclusión: llamado urgente a la congruencia entre las políticas, leyes y presupuestos y las obligaciones en materia de derechos humanos y protección ambiental a las que México se ha comprometido a nivel internacional y nacional

Por todo lo anterior, hacemos un llamado urgente al Estado mexicano a cumplir con sus obligaciones dimanantes del PIDESC, de la Agenda 2030 y otros compromisos internacionales, para adoptar políticas, regulaciones, programas y medidas en materia económica, hídrica, energética, ambiental y de desarrollo urbano –esferas estrechamente relacionadas con los ODS reportados este año- congruentes con los tres pilares del desarrollo sostenible. Así también, apelamos al gobierno mexicano a priorizar los derechos humanos y la protección ambiente para mantener la integralidad, indivisibilidad y universalidad de la Agenda 2030. Finalmente, reiteramos la urgencia de garantizar la participación sustantiva y crítica de la sociedad civil en la implementación y monitoreo de la Agenda 2030 en México.

Notas:

1 El Espacio de Coordinación de Organizaciones Civiles sobre derechos económicos, sociales, culturales y ambientales (Espacio DESCA) es el grupo de referencia para Social Watch en México.

2 La Red de Acción por el Agua (FANMex) es integrante del Espacio de articulación de sociedad civil para el seguimiento de la Agenda 2030 en México.

3 Espacio conformado por 52 organizaciones civiles, redes y consultoras independientes.

4 En vigor para México desde 1981, establece obligaciones preexistentes a la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible.

5 Naciones Unidas. Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Observaciones finales sobre a los informes periódicos quinto y sexto combinados de México. Documento E/C.12/MEX/CO/5-6, del 17 de abril de 2018, párrafo 73.

6 Video: Consideration of Mexico (Cont'd) - 3rd Meeting 63rd Session Committee on Economic, Social and Cultural Rights. 13 Mar 2018 - Parte final del video (desde las 2h, 52’, 25’’) disponible en: http://bit.ly/2HydH3s

7 Se trata de pasos formales anunciados desde 2017 tanto en términos de mecanismos institucionales (Consejo Nacional de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, entre otros), como de incorporación de los ODS en los marcos nacionales de desarrollo (Ley de Planeación, Presupuesto de Egresos de la Federación), mencionados también en el capítulo México del Informe Spotlight 2017, disponible en: http://www.socialwatch.org/es/node/17791

8 Capítulo México del Spotlight 2016, disponible en: http://www.socialwatch.org/es/node/17280

9 Oficina de la Presidencia de la República. Informe Nacional Voluntario de México 2018 para el Foro Político de Alto Nivel sobre Desarrollo Sostenible. Capítulo V. Reporte de Objetivos. Sección “Transformación hacia sociedades sostenibles y resilientes: ODS 6, 7, 11, 12, 15, páginas 25 a 34.

10 Oficina de la Presidencia de la República. Op.cit., Introducción, página 6.

11 El artículo 1° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) establece en su párrafo tercero: “Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En consecuencia, el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la ley.”

12 FUNDAR, Centro de Análisis e Investigación, A.C. Anuario 2017. Las actividades extractivas en México: minería e hidrocarburos hacia el fin del sexenio. México, 2018, páginas 20 y 22. Disponible en: https://bit.ly/2HYU18z

13 Ibíd., página 11.

14 Según datos de la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA), 2016, citado en Oficina de la Presidencia de la República. Op.cit., página 26.

15 Según datos del Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática (INEGI), 2015, citado en Oficina de la Presidencia de la República. Op.cit., página 26.

16 Informe sobre violaciones a los derechos al agua potable y al saneamiento en México, 2017 (Informe DHAyS) elaborado colectivamente por organizaciones y redes de sociedad civil articuladas de cara a la vista oficial a México del Relator Especial de Naciones Unidas sobre estos derechos en 2017. Disponible en: https://bit.ly/2MwUl1X    

17 Progreso en Agua potable, saneamiento e higiene 2017. Actualización y líneas base para los ODS. Datos para México Programa de Monitoreo Conjunto. OMS & Unicef 2017.

18 A esto se refiere el Indicador “Población con acceso al servicio de alcantarillado y saneamiento básico” (PAS) del Catálogo Nacional de Indicadores. CONAGUA 2016.

19 Estos y otros casos se documentaron para el Relator Especial de la ONU sobre los derechos humanos al agua potable y al saneamiento como Anexo al Informe DHAyS 2017, citado anteriormente. También se incluyeron en el Informe conjunto de sociedad civil sobre los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales en México, alternativo a los Informes Periódicos V y VI combinados del Estado mexicano ante el Comité DESC. Capítulo M. Derecho al agua y derecho al saneamiento (artículo 11, párrafo 1 y artículo 12 del PIDESC). Disponible en libro electrónico en: http://www.socialwatch.org/es/node/18018

20 Informe conjunto de sociedad civil sobre los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales en México. Op.cit. Capítulo M. Derecho al agua y derecho al saneamiento.

21 Entre los desafíos en materia de agua, el INV también debió mencionar la falta de una Ley General de Aguas, pendiente desde hace seis años cuando se elevó a rango constitucional el derecho humano al agua.

22 http://www.cartocritica.org.mx/2016/concesiones-de-agua-para-las-mineras/, citado en: Informe conjunto de sociedad civil sobre los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales en México. Op.cit., página 148.

23 Gas y petróleo de lutitas (shale gas, shale oil)

24 Anexo al Informe DHAyS 2017, citado anteriormente.

25 Académicos y organizaciones de la sociedad civil ven en los decretos una vía para que "se haga negocio" con recursos hídricos cuyo uso estaba limitado, mientras la Conagua niega que sea una privatización, en Ignacio Fariza. “El Gobierno mexicano abre la puerta a la concesión privada de aguas protegidas.” El País, 19 de junio de 2018, disponible en: https://bit.ly/2K2H1E5

26 Cabe mencionar que la promoción de energías renovables en México, como parte del proceso de transición energética, aún enfrenta retos; entre ellos: descentralizar el sistema de generación eléctrica; repensar el modelo de movilidad que prioriza el uso de vehículos privados e invertir en otros combustibles; atender la desigualdad en el acceso de energía, y; reducir la brecha de representatividad de necesidades e intereses de mujeres y hombres en México.

27 Informe conjunto de sociedad civil sobre los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales en México. Op.cit., Capítulo B. Obligación de adoptar medidas, inclusive legislativas, para lograr progresivamente la plena efectividad de los derechos – énfasis en crítica a la reforma energética (artículo 2, párrafo 1 del PIDESC).

28 Lineamientos en materia de seguridad industrial, seguridad operativa y protección al medio ambiente para realizar las actividades de Exploración y Extracción de Hidrocarburos en Yacimientos No Convencionales en tierra, expedidos por la Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente (ASEA) en la que recae la vigilancia de su aplicación y publicados en el Diario Oficial de la Federación el 16 de marzo de 2017; y los Lineamientos para la protección y conservación de las aguas nacionales en actividades de exploración y extracción de hidrocarburos en yacimientos no convencionales, expedidos y a cargo de la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA), publicados en el Diario Oficial de la Federación el 30 de agosto de 2017.

29 Concerned Health Professionals of New York and Physicians for Social Responsibility (2015), Compendio de hallazgos científicos, médicos y de medios de comunicación que demuestran los riesgos y daños del Fracking (extracción no convencional de gas y petróleo), Nueva York, citado en: Fundar, Centro de Análisis e Investigación. Anuario 2017. Op.cit., página 42.

30 Ibídem.

31 Portal Rondas México de la Comisión Nacional de Hidrocarburos en: https://rondasmexico.gob.mx/

32 Oficina de la Presidencia de la República. Op.cit., página 29.

34 La información de esta sección sobre desastres está tomada del Addendum al Informe conjunto de sociedad civil sobre los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales en México, apartado sobre Terremotos y DESCA, enviado al Comité DESC en febrero de 2018, disponible en la página en Internet del Comité DESC dentro de la sección respectiva a México en su 63° período de sesiones: https://bit.ly/2C78e57

35 Noticia completa en: https://bit.ly/2K4yccK

36 Oficina de la Presidencia de la República. Op.cit., página 32.

37 Indignación, A.C. Promoción y Defensa de los Derechos Humanos y Colectivo apícola Los Chenes. Extracto Informe DESCA – Península de Yucatán: El pueblo Maya y los permisos de liberación de soya genéticamente modificada resistente al glifosato, 2017. Más información del caso en Informe conjunto de sociedad civil sobre los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales en México. Op.cit., Capítulo A. Derecho a la libre determinación, Capítulo L. Derecho a la alimentación adecuada, Capítulo P. Derecho al medio ambiente sano, y Capítulo R. Acceso a la justicia.

38 Informe conjunto de sociedad civil sobre los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales en México. Op.cit., Capítulo P. Derecho al medio ambiente sano (artículo 12, párrafo 2, inciso b)

39 Ibíd., Capítulo T. Empresas y derechos económicos, sociales, culturales y ambientales. 

40 Oficina de la Presidencia de la República. Op.cit., página 33.

41 FUNDAR, Centro de Análisis e Investigación, A.C., Op.cit., páginas 19 y 24 a 28.

42 Informe conjunto de sociedad civil sobre los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales en México. Op.cit., Capítulo L. Derecho a la alimentación adecuada (artículo 11 del PIDESC) 

43 Diversas organizaciones de la sociedad civil denunciaron en 2014 la problemática de los transgénicos en México durante la audiencia temática "Destrucción del Patrimonio Biocultural de México" ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en su 153° período de sesiones llevado a cabo del 23 de octubre al 7 de noviembre de 2014 en Washington DC. El Informe: “Destrucción del patrimonio biocultural de México por megaproyectos y ausencia de legislación y política pública culturalmente adecuada para los pueblos indígenas y comunidades equiparables”, presentado en dicha audiencia está disponible en: https://bit.ly/2JWP4ix

44 Esta sección III recoge las valoraciones del Espacio de articulación de sociedad civil para el seguimiento de la Agenda 2030 en México conformado por 52 organizaciones civiles, redes y consultoras independientes, y contó con la colaboración especial de Nathalie Seguin Tovar - FANMex, Lilian Sol Cuevas - consultora, Corina Martínez - Balance y Eugenia López - PODER.

45 Estudio global sobre mecanismos de rendición de cuentas sobre el ODS 6. Caso de estudio para México. Febrero 2018 FANMex, Red de acción por el agua. 

46 Aunque el artículo 1º del Decreto por el que se crea el Consejo Nacional de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible señala que este Consejo se crea como una instancia de vinculación del Ejecutivo Federal con los gobiernos locales, el sector privado, la sociedad civil y la academia, solamente lo integran dependencias gubernamentales, como lo establece el artículo 3°; por otro lado, de acuerdo con el artículo 4°, el Consejo podrá invitar a sus sesiones a representantes del sector privado, de la sociedad civil y la academia, pero esto no es una obligación. El Decreto puede consultarse en el Diario Oficial de la Federación del 26 de abril de 2017, disponible en: https://bit.ly/2pl90nU

47 Oficina de la Presidencia. Op.cit., página 9.

48 Oficina de la Presidencia. Op.cit., páginas 10 y 11.

49 Estudio global sobre mecanismos de rendición de cuentas sobre el ODS 6. Op.cit. 

50 Oficina de la Presidencia de la República. Op.cit., página 11.