Poder corporativo: una amenaza para los derechos humanos de las mujeres

POR CORINA RODRÍGUEZ ENRÍQUEZ, DEVELOPMENT ALTERNATIVES WITH WOMEN FOR A NEW ERA
(ALTERNATIVAS DE DESARROLLO PARA LA MUJER EN LA NUEVA ERA, DAWN)

Existen muchas razones para creer que la Agenda 2030 y los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) son un paso hacia el cumplimiento de los derechos humanos de las mujeres.1 No solo hay numerosas metas interrelacionadas con el ODS 5 sobre la igualdad de género y el empoderamiento de todas las mujeres y niñas, sino que también existen metas específicas en otros 11 objetivos que vinculan los derechos de las mujeres con las tres dimensiones del desarrollo sostenible (social, económica y ambiental). Sin embargo, los ODS no reconocen de forma explícita las conexiones entre los derechos humanos de las mujeres, la igualdad de género y las reformas estructurales necesarias en la gobernanza y las políticas económicas mundiales. Una de las dimensiones de las dinámicas económicas mundiales que debe abordarse es la función del sector privado y, particularmente, los límites que deben establecerse para el poder corporativo.

El papel del sector privado en la economía mundial y las finanzas es innegable. Las empresas proporcionan los bienes y servicios que las personas necesitan y desean. Para hacerlo, contratan trabajadores que encuentran en el empleo privado la vía principal para acceder a un salario y a un nivel de protección social, por más limitado que sea. Las empresas también hacen inversiones para promover actividades económicas. Se espera que paguen impuestos, que son la base para financiar políticas públicas. No obstante, la acumulación cada vez mayor de capital y riqueza, la carrera hacia el abismo de las normas laborales y fiscales impulsada por presiones competitivas, así como la captura corporativa de los espacios públicos para tomar decisiones, hacen que este papel no siempre se cumpla. Tal como señalan los colegas del Global Policy Forum, Barbara Adams y Jens Martens, a escala global existe “una dependencia cada vez más grande de las soluciones corporativas para los problemas mundiales”.2 Sin embargo, en el contexto de la globalización financiada y donde es promovida y predomina la autorregulación, es justo preguntarse si el sector privado contribuye más a los problemas que a las soluciones.

Amenazas del poder corporativo a los derechos humanos de las mujeres

Los ODS reconocen la función relevante del sector privado como un agente de desarrollo, pero no abordan realmente el desafío del poder corporativo y sus implicaciones para la igualdad de género y el empoderamiento de las mujeres. De hecho, como no incluyen un objetivo independiente ni metas específicas sobre la regulación del sector privado en cada uno de los objetivos, los ODS refuerzan el supuesto de que existen sinergias positivas automáticas entre las actividades del sector privado y el desarrollo.

Sin embargo, la amenaza del poder corporativo al cumplimiento de los derechos humanos de las mujeres tiene las siguientes dimensiones claves, entre otras:

  • El impacto negativo del impulso hacia la competitividad y la productividad creciente sobre las condiciones laborales de las mujeres.
  • El impacto del cabildeo corporativo y la evasión de impuestos, que limitan los ingresos públicos y el margen de acción en materia de políticas.
  • La difusión de la creencia de que las empresas son (o pueden ser) sensibles a la problemática de género, y la repetición del complicado discurso sobre la responsabilidad social empresarial.

Si no se abordan estas cuestiones, es posible que el objetivo de lograr la igualdad de género y el empoderamiento de todas las mujeres siga siendo un sueño.

El impacto negativo del impulso hacia la competitividad

La bibliografía feminista sobre economía ha proporcionado un análisis empírico que cuestiona el supuesto generalizado de que la liberalización de la economía, con la presión por alcanzar competitividad y productividad, producirá una nivelación en los salarios en todo el mundo y reducirá la pobreza y la desigualdad.3 Por ejemplo, en la década de 1980, la estrategia de desarrollo implementada en muchos países de América Latina (sobre todo en México y América Central), basada en fábricas dirigidas a la exportación y conocidas como “maquilas”, ha demostrado que su producción generó una mejora mínima en el empleo, una contribución limitada al crecimiento económico y ninguna ganancia en la transferencia de tecnología a los sistemas de producción locales. Si bien las maquilas han abierto oportunidades económicas para algunas mujeres que de otra manera no tendrían ninguna oportunidad, estas se han caracterizado por condiciones laborales precarias y salarios generalmente bajos. Además, la estrategia en sí demostró ser insostenible, ya que la mayor parte de la inversión extranjera migró a otras regiones del mundo (Asia meridional y China) cuando los incentivos económicos fueron más atractivos (por ejemplo, normas de trabajo, capacidades de la fuerza laboral, infraestructura disponible, desgravaciones fiscales). En resumen, los bajos salarios de las mujeres y las escasas condiciones laborales funcionaron como una ventaja importante para las empresas.

Aunque las experiencias y los resultados varíen entre los países, las estructuras económicas, las características del mercado laboral y los grupos de mujeres y hombres, la conclusión principal es que las experiencias menos negativas (o las más exitosas) fueron aquellas en las que la regulación de la inversión del sector privado era más sólida o estaba acompañada de políticas públicas en las áreas de servicios sociales, infraestructura social y políticas de preservación de los ingresos.

El impacto del cabildeo corporativo y la evasión de impuestos

El poder corporativo también se expresa mediante la influencia de las empresas y las organizaciones corporativas, a escala nacional y mundial, al momento de establecer la agenda de desarrollo y de dar prioridad a determinadas estrategias de desarrollo. En la actualidad, el paradigma de las asociaciones público-privadas (APP) no solo es promovido en el ámbito nacional, sino también por el sistema de desarrollo de la ONU como la mejor manera de fomentar la inversión en áreas especialmente importantes para la vida y los derechos humanos de las mujeres, como la infraestructura social y los servicios sociales. La promoción de las APP se basa en el supuesto de que los gobiernos no pueden invertir para expandir el acceso a bienes públicos básicos o no están dispuestos a hacerlo. Se cree que el sector privado puede introducir tecnología e innovación para hacer que la prestación de los servicios públicos sea más eficaz. Un argumento adicional indica que las APP pueden ser una manera de desarrollar las capacidades del sector privado local, por medio de operaciones conjuntas entre pequeños emprendimientos locales y empresas multinacionales. Las APP también serían una manera de mejorar las capacidades institucionales del sector público, ya sea mediante transferencias de habilidades o a través de la implementación de criterios empresariales por parte del sector público para lograr eficacia y efectividad.4

Esta perspectiva es cuestionable desde el punto de vista de la capacidad de las APP para ayudar realmente a reducir las diferencias de género y mejorar la vida de las mujeres. La mayoría de las evaluaciones existentes de las APP se limitan a analizar su eficacia y efectividad en la gestión, su capacidad para transferir tecnología y conocimiento y su contribución para financiar el acceso a servicios sociales. Los resultados de las evaluaciones no son para nada definitivos en estas cuestiones.5 Por el contrario, existe evidencia respecto de los efectos negativos de las APP, en especial en términos de los riesgos fiscales (sobrecargas e insostenibilidad fiscal) que deben tenerse en cuenta al momento de analizar los efectos netos.

Un caso emblemático que resume esta realidad es una APP en el sector sanitario en Lesoto, establecida para diseñar, construir y proporcionar servicios hospitalarios. Tres años después de la apertura del hospital (en 2011), los gastos gubernamentales aumentaron un 64% y el presupuesto para este hospital representaba la mitad de todo el presupuesto público para el sector sanitario.6 Además, muchas APP, que utilizan un enfoque basado en el sector privado para proporcionar servicios, promueven tarifas al usuario por servicios sociales básicos, lo que puede generar la exclusión de las mujeres más pobres.

La promoción del sector privado como un agente que rescata la capacidad deficiente de financiación del sector público oculta el verdadero origen de las limitaciones de muchos gobiernos para generar ingresos públicos. De hecho, las grandes empresas son las principales responsables de la falta de margen fiscal para los gobiernos nacionales debido a su responsabilidad por evasión y elusión de impuestos. El hecho de que las empresas no paguen impuestos en los países en los que operan es una de las principales razones de la falta de margen fiscal de los gobiernos para implementar políticas que protejan y promuevan los derechos humanos de las mujeres.

Una vez más, la lógica de la economía global promueve la carrera hacia el abismo en las normas fiscales en los países en desarrollo. Esto se ve incrementado por la doble moral de ciertos países en el Norte global que aplican algunas medidas fiscales en sus propios países, pero que promueven muy pocas o ninguna en el resto del mundo. Las empresas multinacionales y la red de abogados y contadores que trabajan para ellas utilizan todos los vacíos legales disponibles para evitar pagar impuestos, además de la simple evasión a la que muchas empresas están acostumbradas en países del Sur global. En resumen, la necesidad que tienen muchos gobiernos de darles un trato tributario favorable a las empresas multinacionales como una forma de atraer la inversión extranjera directa, junto con la evasión de impuestos sobre empresas, implica que se renuncia a una cantidad considerable de ingresos públicos. Cuando un Estado no moviliza los recursos suficientes y presenta reiteradamente un déficit presupuestario, solo puede proporcionar servicios insuficientes y de baja calidad (por ejemplo, en educación, salud, saneamiento, transporte público, infraestructura social, etc.). Cuando el margen fiscal se limita de esta manera, la evidencia demuestra que las desigualdades de género se mantienen o, incluso, se agravan, lo que también limita las mejoras en la vida de las mujeres o la reducción de las diferencias de género.7

La resistencia de los países del Norte global para aceptar la creación de un organismo intergubernamental de la ONU que trate cuestiones tributarias, con la participación de todos los países, es un claro indicador de la falta de voluntad política para abordar esta problemática. Como ejemplo de esta resistencia, la Tax Justice Network (Red de Justicia Fiscal) destaca el caso de los paraísos fiscales suizos juzgado por la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW, por sus siglas en inglés) como una violación de los derechos humanos de las mujeres. Este caso, presentado ante la CEDAW por el CESR, Alliance Sud, Global Justice Clinic (Clínica de Justicia Mundial) de la Escuela de Leyes de la Universidad de Nueva York, Public Eye y la Tax Justice Network, argumentó que Suiza, como una de las partes de la CEDAW, está obligada a prevenir actividades del sector privado que debiliten los derechos humanos de las mujeres fuera de sus fronteras territoriales. Si bien Suiza ha emitido un informe que confirma el impacto en los países en desarrollo de los flujos financieros ilícitos, donde los describe como “perversos”, y ha prometido unirse a un esfuerzo internacional para eliminar las causas de dichos flujos, “sorpresivamente, el gobierno se ha negado a realizar una evaluación independiente de los modos en que sus propias políticas –en particular, sus normas de secreto bancario, la persecución criminal de denunciantes, los escasos estándares de notificación y privilegios fiscales para corporaciones multinacionales– favorecen los abusos tributarios en el extranjero”.8

Países como Suiza se niegan a someterse a evaluaciones de impacto independientes, participativas y periódicas de los efectos extraterritoriales de sus políticas tributarias y de secreto financiero, así como también de los efectos indirectos de sus políticas macroeconómicas.

El discurso engañoso sobre la responsabilidad social empresarial

Las empresas también han desarrollado su propia comprensión de la relación positiva entre el empoderamiento de las mujeres, la igualdad de género y el desarrollo. Su punto de vista puede considerarse al menos como una doble moral, o simplemente como hipocresía. En primer lugar, las iniciativas de “responsabilidad social empresarial” diseñadas para mejorar la vida de las mujeres se basan por lo general en la creencia de que el empoderamiento económico de las mujeres equivale esencialmente al desarrollo de su espíritu emprendedor. Tal como señala la Asociación para los Derechos de las Mujeres y el Desarrollo (Association for Women’s Rights in Development, AWID): “Invertir en mujeres y niñas” se limita a promover microcréditos y programas de microemprendimientos, considerados las “varitas mágicas” que empoderarán a las mujeres independientemente de las estructuras de poder que son la causa de la desigualdad de género.9 Las experiencias concretas son claras con respecto a los límites del potencial de estas iniciativas.10

Por otro lado, las iniciativas de responsabilidad social empresarial no rinden cuentas de su negativa para abordar las bases de la desigualdad. Por ejemplo, el Pacto Mundial de la ONU (Global Compact) describió iniciativas desarrolladas por empresas multinacionales para hacerle frente a la pobreza, incluidas estrategias para igualar las oportunidades para las mujeres.11 Sin embargo, muchos de los signatarios del Pacto Mundial suelen rehusarse a pagar un salario mínimo a sus empleados o a eliminar las prácticas de evasión y elusión de impuestos.

Para lograr el ODS 5, ha llegado el momento de que las empresas privadas y los gobiernos dejen de utilizar políticas y prácticas simbólicas con impactos limitados como un sustituto del compromiso político y económico real que se necesita para superar los obstáculos estructurales en el empoderamiento, los derechos humanos y la igualdad de género de las mujeres y de las niñas.

Referencias

Adams, Barbara/Martens, Jens (2015): Fit for Whose Purpose? Privatefunding and Corporate Influence in the United Nations. Nueva York: Global Policy Forum.
www.globalpolicy.org/images/pdfs/images/pdfs/Fit_for_whose_purpose_online.pdf

Adams, Barbara/Judd, Karen (2017): Women Rights without Borders: Combatting Inequalities within and among Countries is Key to Women´s Empowerment. New York: Global Policy Forum (Global Policy Watch 16).
www.globalpolicywatch.org/wp-content/uploads/2017/03/GPW16_2017_03_14.pdf

AWID (2014): The Role of Private Sector in Financing for Development from a Feminist Perspective. Toronto: AWID.
www.globalpolicy.org/global-taxes/52669-the-role-of-the-privatesector-in-financing-for-development-from-a-feminist-perspective.html

Ciedur (2014): Comercio, género y equidad en América Latina: generando conocimiento para la acción política. Montevideo: Ciedur.
http://www.ciedur.org.uy/proyecto.php?id_proyecto=33

DAWN (2016): Overcoming Global Structural Obstacles and Preventing Negative Spill-over Effects for Realizing Women’s Human Rights. En: Reflection Group on the 2030 Agenda for Sustainable Development (2016): Spotlight on Sustainable Development 2016. Beirut/Bonn/Montevideo/Nueva York/Penang/Suva.
www.2030spotlight.org/en/book/605/chapter/ii5-overcoming-global-structural-obstacles-and-preventing-negative-spill-over

Giosa Zuazúa, Noemí/Rodríguez Enríquez, Corina (2010): Estrategias de desarrollo y equidad de género en América Latina y el Caribe: una propuesta de abordaje y una aplicación al caso de la IMANE en México y Centroamérica. Santiago: Cepal (Serie Mujer y Desarrollo 97).
http://repositorio.cepal.org/bitstream/handle/11362/5825/1/S0900807_es.pdf

Grondona, Verónica/Bidegain Ponte, Nicole/Rodríguez Enríquez, Corina (2016): Illicit Financial Flows Undermining Gender Justice. Berlín: FES/DAWN.
http://library.fes.de/pdf-files/iez/12984.pdf

Kabeer, Naila (2001): Conflicts Over Credit: Re-Evaluating the Empowerment Potential of Loans to Women in Rural Bangladesh. En: World Development 29, pp. 63-84.
http://citeseerx.ist.psu.edu/viewdoc/download?doi=10.1.1.319.3150&

Oxfam (2014): A Dangerous Diversion. Will the IFC‘s Flagship Health PPP Bankrupt Lesotho‘s Ministry of Health? Boston: Boston University/Lesotho Boston Health Alliance.
www.oxfam.org/sites/www.oxfam.org/files/bn-dangerous-iversion-lesotho-health-ppp-070414-en.pdf

Quintos, Paul (2016): The Post-2015 Corporate Development Agenda. Expanding Corporate Power in the Name of Sustainable Development. Bruselas: CETRI - Campaign for Peoples Goals.
www.cetri.be/IMG/pdf/the20post-203e50.pdf

Rodríguez Enríquez, Corina (2017): Private Sector, Development Agenda and Women´s Human Rights: Synergies or Contradictions? Suva: DAWN.
ww.dawnnet.org/feminist-resources/content/private-sector-development-agenda-and-women%E2%80%99s-human-rights-synergies-or-contradictions

Seguino, Stephanie/Braunstein, Elissa (2012): The Impact of Economic Policy and Structural Change on Gender Employment Inequality in Latin America, 1990-2010. Múnich: Munich Personal RePEc Archive.
https://mpra.ub.uni-muenchen.de/43261/1/MPRA_paper_43261.pdf

Serafini, Verónica (en prensa): Justicia de género y financiamiento privado para el desarrollo. Una mirada crítica a las asociaciones público-privadas. DAWN.

Corina Rodríguez Enríquez es miembro del Comité Ejecutivo de DAWN y forma parte del equipo de Economía Política de Globalización (Political Economy of Globalization, PEG) de DAWN.

Notas:

1 Véase DAWN (2016).

2 Adams/Martens (2015), p. 5.

3 Para el caso de América Latina, véanse Ciedur (2007), Giosa Zuazúa/Rodríguez Enríquez (2010), Seguino/Braustein (2012).

4 Rodríguez Enríquez (2017).

5 Serafini (en prensa)

6 Oxfam (2014)

7 Grondona et al. (2016).

9 AWID (2014), p. 4.

10 Kabeer (2001).

11 El Pacto Mundial de la ONU es una iniciativa de responsabilidad corporativa voluntaria diseñada para “integrar” un conjunto de diez principios relacionados con los derechos humanos, el trabajo, el ambiente y la anticorrupción en las actividades corporativas. También promueve los Women’s Empowerment Principles (Principios para el Empoderamiento de las Mujeres), una iniciativa de alianza que proporciona “una guía establecida para las empresas sobre cómo empoderar a las mujeres en el lugar de trabajo, el mercado y la comunidad” (www.weprinciples.org/).