Declaración presentada por Social Watch durante la Comision Jurídica y Social de la mujer en diciembre 2009

El Secretario General ha recibido la siguiente declaración, que se distribuye de conformidad con lo dispuesto en los párrafos 36 y 37 de la resolución 1996/31 del Consejo Económico y Social.

Declaración

1. Transcurridos 30 años desde la aprobación de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer y 15 desde la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer, las mujeres de todo el mundo siguen luchando por lograr la igualdad entre los géneros y el respeto de sus libertades y derechos humanos. Pese a que se han logrado ciertos avances, aún persiste la discriminación de las mujeres en todos los ámbitos de la vida pública. Los Estados Miembros de las Naciones Unidas todavía no han cumplido plenamente sus compromisos relativos a la igualdad entre los géneros, condición imprescindible para alcanzar el desarrollo económico y social sostenible.

2. El Instituto del Tercer Mundo es la organización que alberga la secretaría internacional de Social Watch, una red de coaliciones de la sociedad civil presente en más de 70 países que desde 1995 hace un seguimiento de las políticas de lucha contra la pobreza y en pro de la igualdad entre los géneros. Los informes de Social Watch (véase http://www.socialwatch.org) se basan en las conclusiones de organizaciones ciudadanas de todo el mundo que hacen un seguimiento de la labor de los gobiernos de sus países y en el análisis y el procesamiento de las estadísticas internacionales. Social Watch calcula todos los años el índice de equidad de género para ofrecer un parámetro de referencia comparable internacionalmente que sirva para medir los progresos hacia la equidad en relación con la educación, el empoderamiento económico y la participación política de las mujeres.

3. La evolución del índice de equidad de género muestra que en la mayoría de los países se han logrado avances considerables en lo referente a la participación política de las mujeres y a la fijación de cuotas, la inclusión en el mercado laboral, la creación de mecanismos institucionales para promover la igualdad entre los géneros y la legislación sobre la igualdad entre hombres y mujeres y la violencia contra la mujer, en particular la violencia doméstica y la trata.

4. Sin embargo, existe una distancia evidente entre la legislación y su aplicación.

Las coaliciones nacionales de Social Watch señalan retrocesos en la lucha contra la pobreza y la marcha hacia la igualdad entre los géneros. La actual crisis económica y financiera ha agudizado las desigualdades entre los géneros en todo el mundo.

Esta regresión también se pone de relieve en el Informe sobre los Objetivos de Desarrollo del Milenio de las Naciones Unidas correspondiente a 2009, en el que se afirma que la crisis también puede retrasar el progreso hacia la igualdad entre los géneros, creando nuevos obstáculos para el empleo de la mujer. El hecho de que las mujeres tengan menor control sobre la propiedad y los recursos, figuren en número excesivo en las cifras de empleo a destajo o empleo vulnerable, tengan menores ingresos y gocen de niveles más bajos de protección social las pone, a ellas y a sus hijos, en situación más vulnerable a la crisis económica y financiera.

5. En muchos países, las reacciones a la crisis económica han incluido recortes en la financiación de los servicios sociales como la atención de la salud, el cuidado de los niños, la protección social y la educación. Estos recortes han contribuido a aumentar el riesgo de feminización de la pobreza. Las estimaciones indican que, si no se protegen plenamente y de manera eficaz los derechos de las mujeres, como se pide en los documentos internacionales de derechos humanos, estas entrarán en el período posterior a la crisis con una mayor carga de trabajo no remunerado en la familia y mayores dificultades para acceder a buenos empleos y a servicios sociales.

E/CN.6/2010/NGO/26 3 09-65446 6. También resulta preocupante la falta de participación de las mujeres en la solución de la crisis y en la toma de decisiones económicas. Por lo general, se excluye a las instancias que promueven la igualdad entre los géneros, a los grupos de mujeres y a las mujeres con conocimientos especializados del proceso de formulación de las decisiones económicas, tanto a nivel nacional como internacional.

7. Los informes nacionales de Social Watch indican que las respuestas nacionales e internacionales a la crisis mundial presentan enfoques que no tienen en cuenta la dimensión de género y reproducen los modelos habituales, en los que se propugnan menos regulación y más liberalización de los mercados y el comercio, como solución para atenuar la crisis. El hecho de que no se haga referencia a la responsabilidad de los Estados de cumplir sus compromisos de aplicar las normas internacionales de derechos humanos indica que estos consideran que dichos compromisos se pueden relajar en tiempos de crisis.

8. La Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer y la Plataforma de Acción de Beijing, deberían constituir, junto con otras normas de derechos humanos, un marco vinculante para exigir a los Estados y los agentes no estatales, así como a las instituciones financieras internacionales, la responsabilidad que les incumbe. Los mecanismos de rendición de cuentas deberían incluir estadísticas basadas en el género e indicadores y modalidades de presupuestación en que se tenga en cuenta el género, junto con un enfoque basado en los derechos humanos, a fin de reforzar el empoderamiento de la mujer y contribuir a lograr la igualdad entre los géneros y la justicia social. El camino hacia la prosperidad para todos pasa por invertir en la igualdad entre las personas y entre los géneros.

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